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Para Ti

Si ya estás planeando retirarte de la vida laboral, es importante que conozcas el régimen de la Ley del 73 de la pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), bajo que criterios aplica,  número de semanas cotizadas, entre otros detalles.

¿Para quiénes aplica la pensión por el régimen de la Ley del 73 del IMSS?

Si te diste de alta en el IMSS antes del 1 de julio de 1997, tu régimen es Ley 73. Debes recordar que tu fecha de inscripción ante el IMSS no necesariamente es la misma en que comenzaste a trabajar.  Puedes consultar el régimen al que perteneces a través del Estado de Cuenta de tu AFORE, o bien, puedes obtener una constancia de vigencia de derechos para saber la fecha exacta de tu registro en esta institución.

Pensión por el régimen de la Ley de 1973 del IMSS. Foto: Magnific
Pensión por el régimen de la Ley de 1973 del IMSS. Foto: Magnific

Para determinar la pensión se toma en cuenta el salario diario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas (aproximadamente 5 años) y tu nivel salarial.

Modalidades de la pensión por el régimen de la Ley 73

Existen dos modalidades de pensión, pudiendo ser una por Cesantía, cuando tu edad sea entre 60 y 64 años; o por Vejez, a partir de que hayas cumplido 65 años; en ambos casos es necesario que hayas cotizado el número de semanas requeridas, hagas la solicitud de pensionarte y te encuentres privado de trabajo.

Recuerda que deberás encontrarte dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por tus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja, y para ello necesitas haber cotizado 500 semanas mínimo ante el IMSS, equivalentes a alrededor de 10 años de cotización, y se te pagará recibiendo el salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas, que corresponden a 5 años.

Modalidades de la pensión por el régimen de la Ley 73. Foto: Magnific
Modalidades de la pensión por el régimen de la Ley 73. Foto: Magnific

Documentos que necesitas para tramitar tu pensión:

  • Identificación oficial
  • Estado de cuenta de tu AFORE, si no lo tienes puedes solicitarlo a tu AFORE
  • Estado de cuenta de tu banco con CLABE
  • Resolución de pensión proporcionada por el IMSS

A continuación te indicamos cómo debes tramitar tu pensión:

  • Asiste a la Subdelegación del IMSS que te corresponde y elabora tu Solicitud de Pensión.
  • Espera la respuesta a tu petición por parte del IMSS, en la que se te hará saber la modalidad de retiro en la que estás, y concurre a tu AFORE para que puedas iniciar los trámites relacionados con la disposición de tus recursos.
  • Deberás presentarte con los documentos mencionados anteriormente en las oficinas de la AFORE en la que está tu Cuenta Individual, anexa la “Solicitud de Disposición de Recursos”, misma que se te brindará ahí mismo y que debes llenar y firmar para su presentación.
Cómo debes tramitar tu pensión: Foto: Magnific
Cómo debes tramitar tu pensión: Foto: Magnific

Para conocer el número de semanas cotizadas, puedes entrar al enlace: https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/semanascotizadas-web/usuarios/IngresoAsegurado.

Preguntas y respuestas
Brenda Camacho
Brenda Camacho

Egresada de la Licenciatura de Ciencias de la Comunicación por la Universidad Autónoma de Occidente.

He sido editora de los medios de comunicación Chispa.tv y La Gaceta.me.

Tengo experiencia en la creación de contenidos de Tecnología, entretenimiento, empresas, emprendimiento y programas que ofrece el gobierno, además de temas culturales. Me interesan las redes sociales y leer sobre periodismo digital.

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