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En México, algunas personas trabajadoras podrán jubilarse a los 53 años, gracias a un decreto de la presidenta Claudia Sheinbaum que reduce gradualmente la edad mínima de retiro para ciertos afiliados al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Sin embargo, este beneficio no aplica a todos los trabajadores ni a todas las modalidades de pensión.
La medida de jubilación anticipada fue publicada en el Diario Oficial de la Federación en junio de 2025 y está dirigida exclusivamente a quienes cumplen las condiciones del artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE de 2007.
Además de alcanzar la edad requerida, deben contar con una antigüedad mínima de cotización y no haber elegido el Bono de Pensión del ISSSTE.
¿Para quiénes aplica la jubilación anticipada?
Dicho esto, comenzamos por aclarar que la jubilación a los 53 años es un beneficio que será aplicable para las trabajadoras que hayan cotizado al menos 28 años, mientras que los trabajadores podrán jubilarse a los 55 años tras acumular 30 años o más de cotización.
Ambos grupos deben pertenecer al régimen pensionario del Décimo Transitorio y cumplir con la edad mínima establecida para el año en que soliciten su jubilación.

La reducción de edad se aplica de manera gradual. Para conocer cuándo podrán retirarse, el calendario establece los siguientes límites:
- 2026 y 2027: mujeres de 56 años y hombres de 58.
- De 2028 a 2030: mujeres de 55 años y hombres de 57.
- De 2031 a 2033: mujeres de 54 años y hombres de 56.
- A partir de 2034: mujeres de 53 años y hombres de 55.
Esto significa que la edad de 53 años para las mujeres no estará vigente de manera general desde ahora, sino hasta 2034. Mientras tanto, las edades mínimas se ajustarán conforme al calendario oficial.

¿Quiénes no pueden jubilarse antes?
La medida no contempla a quienes eligieron el Bono de Pensión del ISSSTE ni a los trabajadores que cotizan bajo el régimen ordinario de Cuentas Individuales. Tampoco modifica las condiciones de otras modalidades, como la pensión por edad y tiempo de servicios o la de cesantía en edad avanzada.
Por ello, tener 53 o 55 años no garantiza por sí solo la jubilación anticipada, ya que es indispensable cumplir con el régimen pensionario, la antigüedad y la edad correspondientes.
Quienes tengan dudas sobre su situación pueden consultar su régimen de pensión y sus años reconocidos de cotización directamente con el ISSSTE antes de iniciar el trámite de jubilación. De esta manera, podrán determinar si cumplen las condiciones para solicitar la pensión por jubilación anticipada.










