México pone fin a pensiones millonarias y destinará recursos a Bienestar
México eliminó las pensiones doradas con una reforma constitucional ya en vigor. El decreto fija un tope a jubilaciones de altos funcionarios y permitirá destinar recursos a programas sociales.

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El Gobierno de México puso fin a las llamadas “pensiones doradas” tras la publicación del decreto en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), con el que se reforma el artículo 127 de la Constitución para establecer límites a las jubilaciones de altos funcionarios.
La medida, que entra en vigor un día después de su publicación, busca eliminar privilegios en el servicio público y reorientar recursos hacia programas sociales prioritarios.
Tope a pensiones: no podrán superar el 50% del salario presidencial
Con la reforma impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum, las pensiones de exfuncionarios de altos mandos de confianza no podrán exceder el 50% de la remuneración de la persona titular del Ejecutivo Federal.
El objetivo es evitar que servidores públicos retirados continúen recibiendo ingresos elevados financiados con recursos públicos, como ocurría en algunos casos.

Ahorro millonario será destinado a Programas de Bienestar
De acuerdo con estimaciones oficiales, esta medida permitirá recuperar alrededor de 5 mil millones de pesos, los cuales serán canalizados a los Programas para el Bienestar.
La reforma forma parte de una política más amplia enfocada en la austeridad y la redistribución del gasto público.
El decreto también refuerza principios clave en materia de remuneraciones:
- Ningún servidor público podrá ganar más que la persona titular del Ejecutivo Federal.
- Tampoco podrán percibir ingresos iguales o mayores a los de su superior jerárquico.
Se contemplan excepciones únicamente en casos de especialización técnica, condiciones laborales específicas o acumulación de funciones, siempre respetando los límites establecidos.
Aplicación en todos los niveles de gobierno
La reforma aplica a personal de confianza en organismos públicos de distintos niveles, incluyendo:
- Entidades paraestatales
- Empresas públicas
- Fideicomisos
- Gobiernos estatales y municipales
Con ello, se busca homologar criterios y evitar disparidades en el pago de pensiones dentro del sector público.
Excepciones contempladas en la reforma
El decreto establece que quedan excluidos de esta medida:
- Integrantes de las Fuerzas Armadas
- Pensiones derivadas de cuentas individuales
- Aportaciones sindicales en sistemas complementarios
- Pensiones no contributivas
Asimismo, se respeta el caso de trabajadores con contratos colectivos previamente establecidos.
Pensiones vigentes deberán ajustarse al nuevo límite
A partir de la entrada en vigor, las pensiones ya otorgadas que no estén dentro de las excepciones deberán ajustarse al nuevo tope constitucional.
No obstante, los derechos previamente reconocidos bajo el marco legal anterior se mantendrán en los términos en que fueron otorgados.
El decreto establece un plazo de hasta 90 días naturales para que el Congreso de la Unión y las legislaturas estatales adecuen sus marcos normativos conforme a la reforma. Además, se precisa que la implementación no implicará ampliaciones presupuestales, ya que los ajustes deberán realizarse con los recursos aprobados.











