Inicia registro obligatorio de bicicletas eléctricas y scooters en CDMX: requisitos y dónde hacer el trámite
La Secretaría de Movilidad (SEMOVI) de la Ciudad de México (CDMX) ya habilitó el trámite del registro de bicicletas eléctricas, motobicis y scooters, el cual es de carácter obligatorio y, en caso de cumplir, podrías hacerte acreedor a una multa


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La Secretaría de Movilidad (SEMOVI) de la Ciudad de México (CDMX) desde este 1 de julio comenzó con el proceso de registro de los scooters, motobicis y bicicletas eléctricas, los cuales deberán portar placas; de lo contrario, el usuario será multado.
Fecha límite para registrar scooters y bicicletas eléctricas en la CDMX
El trámite de registro de los scooters y bicicletas eléctricas deberá realizarse a través de la página de internet del Sistema de Trámites Vehiculares: https://acortar.link/Cbfwi2. Desde el 1 de julio de 2026 fue habilitado este trámite y la fecha límite para hacerlo es el 20 de noviembre.

Aunque a partir del 1 de septiembre los vehículos de este tipo que no se emplaquen podrían ser multados y las sanciones serán de 10 UMAS (Unidad de Medida y Actualización) durante las primeras dos infracciones, equivalente a 1,175 pesos; de 15 UMAS para las tres y cuatro infracciones, mil 762 pesos; y 20 UMAS para reincidentes con más de cinco sanciones, equivalente a 2 mil 350 pesos.
Requisitos para emplacar scooters y bicicletas eléctricas en la CDMX
Las unidades que deben emplacarse y contar con tarjeta de circulación son aquellas que alcanzan velocidades mayores a los 25 km/h, y que tienen un motor con potencia continua nominal de 250 watts y hasta 1.34 caballos de fuerza.

- Identificación oficial vigente con fotografía.
- Comprobante de domicilio reciente de la Ciudad de México.
- Documento que acredite la propiedad del vehículo, factura o ticket.
Es importante destacar que los usuarios que usen scooter deberán contar con licencia de conducir tipo A1 o A2 y, como parte del reglamento, usar casco. Además, las unidades deberán contar con luces delanteras y traseras y elementos reflectantes para evitar accidentes.

Las unidades que no requieren de emplacamiento en la CDMX son aquellas bicicletas con un motor pequeño asistido, pero que no rebasen los 25 kilómetros por hora y tengan un peso mayor a 35 kg, las cuales tendrán que llevar un holograma que les dará derecho a circular por vías confinadas y tendrán que compartir las ciclovías para mayor seguridad.





