¿Cómo saber si mi empresa generó utilidades? Conoce tus derechos como trabajador
Con el reparto de utilidades por llegar, muchos trabajadores se preguntan cómo pueden saber si su empresa o patrón generó ganancias para hacer cumplir este derecho. La ley establece claramente el derecho a acceder a esta información


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El reparto de utilidades es muy esperado por millones de trabajadores en México cada año, un derecho que se traduce en un ingreso extra para muchos, y es una obligación para las empresas. Sin embargo, también es posible que una empresa no haya generado utilidades, dejando a sus empleados sin este pago.
La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que los patrones o empleadores deben informar a sus trabajadores si generaron ganancias durante el último año fiscal. Es decir, que deben avisarles si habrá reparto de utilidades, el cual debería ser equivalente al 10% de las ganancias reportadas.
¿Qué pasa si no hubo utilidades?
En caso de no haber generado ganancias, la empresa debe notificar a todos sus trabajadores sobre la falta de ingresos que impedirá cumplir con el pago de las utilidades. Para esto, debe entregar a la plantilla laboral una copia de la declaración anual, que debió presentar ante el Servicio de Administración (SAT) durante marzo.
La copia de la declaración anual debe ser entregada a los trabajadores dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de ser presentada.
En caso de que tu empresa no te comparta el documento, tienes derecho a solicitarlo en el área de Recursos Humanos, o incluso acudir a investigarlo en el SAT.

Todas las empresas (personas físicas o morales sin distinción) con trabajadores a su servicio que hayan generado ingresos anuales a $300,000 pesos en su declaración anual tienen la obligación de hacer el reparto de utilidades, sin excepciones.
¿Qué pasa si la empresa no quiere pagar utilidades?
En caso de no cumplir con esta obligación, los trabajadores pueden acudir ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), donde podrán recibir asesoría, conciliación y representación legal gratuita.
Para esto, pueden llamar al número 800 717 2942 y 800 911 7877, escribir vía WhatsApp al 55 1484 8737, o al correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx.
El pago de utilidades debe realizarse entre el 1 de abril y el 30 de mayo para quienes trabajan en empresas o con personas morales, mientras que para empleados de personas físicas el plazo se extiende del 1 de mayo al 29 de junio.

¿Quiénes no reciben utilidades?
Sin embargo, no todos los trabajadores tienen derecho a recibir este pago. De acuerdo con la LFT, quedan excluidos directores, administradores y gerentes generales, así como trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año correspondiente.
También es importante señalar que existen algunas empresas exentas del reparto de utilidades, como negocios de nueva creación durante su primer año de funcionamiento, instituciones de asistencia privada sin fines de lucro y organismos públicos descentralizados con fines culturales o de beneficencia.
Conocer tus derechos laborales puede marcar la diferencia al momento de recibir el reparto de utilidades, además de instar a las empresas a actuar en el marco de la ley, repartiendo entre sus empleados parte de las ganancias que ellos mismos han ayudado a generar con su labor.







