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Aquellos trabajadores que cotizan bajo el régimen de Cuentas Individuales de la Ley del ISSSTE de 2007 pueden acceder a la jubilación antes de los 60 años de edad, siendo una opción viable para poder acceder al retiro anticipado. Esto, después de que la presidenta Claudia Sheinbaum promulgara un decreto oficial.

Según el documento oficial, esta reestructuración en la edad de jubilación está dirigida de manera exclusiva para los servidores públicos afiliados al ISSSTE, permitiendo que las mujeres alcancen la jubilación a los 53 años y los hombres a los 55 años en próximas etapas, siendo una buena alternativa para miles de trabajadores mexicanos.

Por otra parte, es importante destacar que, en el camino hacia la meta del año 2034, la disminución en los años requeridos para el retiro operará de forma paulatina, siempre que hayan cotizado durante al menos 28 años, se encuentren bajo el supuesto del Décimo Transitorio y no hayan optado por el Bono de Pensión.

El esquema es para servidores públicos afiliados al ISSSTE. Foto: Cortesía
El esquema es para servidores públicos afiliados al ISSSTE. Foto: Cortesía

¿Quiénes podrán jubilarse a los 53 años?

La normativa ya se encuentra en vigor, siendo dirigida exclusivamente a los servidores públicos afiliados al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Estas disposiciones muestran que, para el año 2034, el límite de edad se fijará para mujeres en 53 años y hombres en 55 años.

Para amortiguar el impacto del cambio y alcanzar la meta establecida, el descenso en los años requeridos de edad no ocurrirá de golpe; por el contrario, la disminución de los márgenes de edad para el retiro se instrumentará de manera progresiva, esto de acuerdo a los siguientes parámetros:

  • 2025, 2026 y 2027: mujeres 56 años y hombres 58 años.
  • 2028, 2029 y 2030: mujeres 55 años y hombres 57 años.
  • 2031, 2032 y 2033: mujeres 54 años y hombres 56 años.
  • 2034 en adelante: mujeres 53 años y hombres 55 años.
Tabla de jubilación. Foto: Cortesía
Tabla de jubilación. Foto: Cortesía

¿Quiénes no pueden solicitar jubilación a los 53 años?

Este decreto también se publican las condiciones específicas para acceder a dicho beneficio. La modificación corresponde específicamente a la modalidad de Pensión por Jubilación del Décimo Transitorio. El ISSSTE señala que no modifica las modalidades de Pensión por Edad y Tiempo de Servicios ni de Cesantía en Edad Avanzada del Décimo Transitorio.

Tampoco aplica a quienes optaron por el Bono de Pensión del ISSSTE ni a quienes cotizan bajo el régimen ordinario de Cuentas Individuales. Asimismo, no pueden aplicar mujeres trabajadoras sin acumulación mínima de 28 años de cotización, u hombres que no alcancen los 30 años mínimos de cotización.

Por ello, cumplir únicamente con la edad de 53 o 55 años no es suficiente: también deben cumplirse el régimen pensionario correspondiente y los años mínimos de cotización.

Se deben cumplir condiciones específicas. Foto: Cortesía
Se deben cumplir condiciones específicas. Foto: Cortesía
Preguntas y respuestas
Juan Méndez
Juan Méndez

Soy egresado de la licenciatura en periodismo por la Universidad Autónoma de Sinaloa.

Actualmente, soy redactor en el portal de noticias Tus Buenas Noticias, donde me especializó en temas de turismo, entretenimiento, historias de vida, noticias de Sinaloa y tendencias.

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